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Avanzado hacia la accesibilidad universal. Más compromiso para más igualdad.

Tiempo de lectura: 4 minutos

Autor
Francesc Romeu Martí
Fecha de publicación
23 de septiembre de 2024

La Accesibilidad Universal y el diseño para todos formarán parte, cada vez más, de nuestro vocabulario y compromiso por conseguir una sociedad más justa, digna y respetuosa con la diversidad. Vemos como, no sólo en nuestra vida cotidiana, sino también como los poderes públicos, realizan y desarrollan acciones que intentan promover y potenciar las diferentes iniciativas para conseguir que nuestra vida sea más digna; en definitiva, que todos tengamos las mismas oportunidades y posibilidades para poder usar y disfrutar de servicios públicos y privados con la mayor libertad, autonomía y seguridad.

En los últimos años, y por parte de todas las administraciones públicas españolas, vemos cómo se van aprobando leyes, reales decretos y ordenes ministeriales con la finalidad de legislar e implementar requerimiento de obligado cunplimien to que den respuesta y apliquen ajustes razonables y mejoras proporcionadas con la finalidad de garantizar el uso y disfrute de los servicios e instalaciones públicas.

Se han ido aprobando diferentes normativas en el ámbito nacional español, que vinculan directamente a las administraciones públicas y, ahora, con el último real decreto de 2023, también a las empresas privadas con el fin de conseguir mayores parámetros de igualdad, libertad y dignidad en nuestra vida cotidiana.

No obstante, como ya he señalado en reiteradas ocasiones, incluso ante el Defensor del Pueblo de España, las normas y los requerimientos están bien, son necesarios, pero es urgente que se establezcan acciones de control e incentivos necesarios para su implementación y que no queden, así, en simples voluntades o discursos políticos. Necesitamos convicción, ejecución, presupuesto y un cambio cultural necesario que, obviamente, comienza con la educación.

Cuando hablamos de accesibilidad universal y diseño para todos estamos hablando de la sociedad en su conjunto, de algo que nos atañe como ciudadanos en todas las facetas de nuestra vida. No hablamos sólo de personas con discapacidad: hablamos de “universal” y “transversal” porque las acciones que se desarrollan pensando en defender los derechos de las personas con discapacidad acaban beneficiando a toda la sociedad, mejorando la calidad de los servicios, productos e instalaciones y haciendo, por tanto, una sociedad más democrática y libre.

El último real Decreto 193/2023, aprobado en España, ya establece en su título algo muy claro y evidente: “se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público”. Es decir, que ya no sólo hablamos de las obligaciones y requerimientos para las administraciones públicas. Ya tratamos de la vida en general y de todo aquello que esté a disposición del público.

Este artículo no pretende hacer un recopilatorio de la legislación española vigente en la materia, pero sí, en destacar algunas de las novedades que considero importantes y que en los próximos años, serán de obligado cumplimiento para administraciones y empresas públicas y privadas. Entre ellas, me gustaría destacar:

  • La importancia de las certificaciones oficiales para empresas y administraciones públicas en materia de accesibilidad. Las certificaciones son una garantía de compromiso y ejecución desarrollada en el tiempo que consiguen mayores parámetros de accesibilidad y, por tanto, calidad en los servicios y productos. (ejemplo la UNE 170001-2 de Gestión de la accesibilidad).
  • La incorporación de la accesibilidad en los procesos de calidad de administraciones y empresas privadas, para garantizar el cumplimiento y desarrollo de las mejoras proporcionadas y ajustes razonables correspondientes que garanticen el uso y disfrute de los servicios, productos e instalaciones a disposición del público. (La UNE 170001-2 es compatible con la ISO 9001 de calidad).
  • La incorporación de la accesibilidad en los procesos de “compra socialmente responsable” que considera que, en las licitaciones y contratos públicos, se considerarán mejoras en la oferta técnica a aquellas empresas con certificación o que justifiquen el desarrollo de acciones de accesibilidad.
  • El diálogo social y las campañas de concienciación, desarrolladas conjuntamente para fomentar la sensibilización y la normalización y conseguir, así, mayores niveles de inclusión y respeto a la diversidad.
  • La formación, capacitación y sensibilización de las y los trabajadores para tener mejores procesos de atención al cliente en la preventa, venta y postventa, sabiendo así atender a todos los clientes y mejorando la calidad y excelencia en el trato humano y profesional.
  • Cualquier actividad económica o comercial que requiera de autorización administrativa previa deberán cumplir los parámetros necesarios en materia de accesibilidad para poder conseguir la licencia correspondiente.
  • Todas las personas físicas y jurídicas que presten servicios o productos a disposición del público deberán establecer criterios de información y comunicación accesibles, facilitando así, el acceso a las personas con discapacidad intelectual o cognitiva.
  • De la misma manera, que vendrán obligadas a tener su sitio web perfectamente accesible para garantizar la navegación y tener contenidos accesibles e inteligibles, siguiendo los criterios de establecidos en el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
  • Tanto máquinas de venta, cajeros automáticos y servicios de atención al cliente deberán reunir requisitos de accesibilidad y apoyo necesarios, tanto en la parte técnica como en la atención personal profesional.
  • El Real Decreto recoge recomendaciones y directrices claras en todas las actividades que, al final forman parte de nuestra vida y recoge y regula tanto el comercio minorista, grandes superficies, el ámbito sanitario, educativo, cultural, medioambiental, turístico… donde en definitiva viene a establecer obligaciones en materia de accesibilidad y diseño para todos recogidos en este Real Decreto y en las normas anteriores que garantizan el diseño universal , por tanto, el uso y disfrute de servicios, productos e instalaciones públicos y privados puestos a disposición del público.

Sin pretensión de hacer en este artículo un informe exhaustivo del Real Decreto, sí es fundamental concebir que su espíritu ya trasciende las obligaciones de las administraciones públicas (muchas de ellas sin cumplir): ya trata y considera a las empresas privadas y a todas las personas físicas y jurídicas que tengan bienes o servicios a disposición del público.

Si bien es una norma aplicable en el marco de la legislación española, no deja de ser, por lo del Derecho comparado, un ejemplo de acciones que se pueden extrapolar a otros países para participar juntos de un desarrollo normativo que sea favorable a la accesibilidad universal y fomente y proteja los derechos de las personas con discapacidad y, en definitiva, de la sociedad en general

Ahora falta la convicción, los incentivos, las partidas presupuestarias y el seguimiento necesario para que no quede en papel mojado y se desarrollen estas acciones para garantizar que todos podamos tener una vida digna de ser vivida.

Escrito por:

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